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ID 139425
Si no transcurrieron 12 meses desde el inicio de actividad, ¿cómo debe realizarse el cálculo a los efectos de la recategorización?
10/08/2023 12:21:21 p.m.






Si no transcurrieron 12 meses desde el inicio de actividad, se deben anualizar los parámetros a fin de determinar la recategorización, pero este procedimiento solo será de aplicación en aquellos casos en que hubiera transcurrido al menos un semestre calendario completo (enero-junio o julio-diciembre) desde el inicio de actividades. Es decir, los parámetros se anualizarán en la medida en que el pequeño contribuyente posea entre 6 y 11 meses desde su inicio de actividades en el monotributo. 

 

Para anualizar los parámetros deben sumarse los ingresos de los meses transcurridos desde el inicio de actividad, hasta la finalización del semestre calendario por el que se recategoriza; dividir ese importe total por la cantidad de dichos meses y multiplicarlo por 12.

Ejemplo: inicio de actividades mayo de 2021. Para la recategorización de enero de 2022  habrán transcurrido 8 meses (se toma hasta diciembre, finalización del semestre calendario anterior). La suma de ingresos desde mayo 2021 hasta diciembre 2021, se divide en 8 y se multiplica por 12.

Si al momento de la recategorización semestral, aún no transcurrieron seis meses completos, se mantendrá la categorización inicial hasta el momento de la próxima recategorización

Podrá conocer cuándo se debe cumplir con la recategorización ingresando aquí.







Fuente: Art. 12 Ley 24.977 y Art. 15 Dto. 1/10



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