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ID 13720081
Evento 2703 - ¿Quién debe empadronarse en el caso de sujetos del exterior titulares de inmuebles? ¿Cómo se informa el contrato?
25/08/2010 12:00:00 a.m.

Debe empadronarse el representante en el país del sujeto del exterior, tal como se encuentra establecido en el Art. 1 de la RG 2820/10, e informar en la aplicación Web:

Titular del inmueble: NO

Titular reside en el país: NO

Posteriormente completar los datos del contribuyente del exterior y de su respectivo representante, para luego continuar con la carga del inmueble.


Fuente: CIT AFIP



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