ID 13600639 ¿Los contratos de comodato se encuentran alcanzados por la RG 2820?
25/02/2014 12:00:00 a.m.
La cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a cualquier título, oneroso o gratuito, sobre inmuebles rurales se encuentran comprendidos en el inc. f) del Art. 2° de la RG 2820/10.
Por lo tanto, los contratos de comodato resultan alcanzados por el régimen informativo siempre que se efectúen sobre inmuebles rurales.