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ID 13286811
¿Qué alcance se define en el presente régimen al concepto Prestaciones de Modelaje?
07/07/2010 12:00:00 a.m.

En las notas aclaratorias de la RG 2863/10, se define que las prestaciones de modelaje comprende a cualquier contrato, clase de vínculo, relación o circunstancia que implique la realización de un acto, ejecución de una obra o la prestación de un servicio relativos al modelaje, en los términos de esta resolución general. Asimismo, se entiende por actividad de modelaje a la ejecutada, en nuestro país o en el exterior, por una persona física, residente o no en el país. Y la información a suministrar estará referida a las prestaciones de modelaje a título oneroso clasificadas de la forma que se indica a continuación:

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

1

Modelo publicitario: el sujeto ejecuta trabajos de exhibición de la imagen para señalar un objeto, producto, idea o servicio en una campaña promocional.

2

Modelo de modas: comprende los trabajos de exhibición de imagen en escenarios o pasarelas para la presentación de indumentaria, joyas, peinados, cosméticos y otros productos o servicios similares.

3

Promoción comercial: consiste en el trabajo personal y directo en centros comerciales, exposiciones, salas de conferencias o vía pública, eventos deportivos, de promoción de productos y servicios, con o sin degustación, entrega de muestras, folletería o información, destinada a direccionar el consumo o utilización de los mismos.

4

Modelo de film o televisión: se refiere al trabajo ejecutado conforma a una rutina coreográfica y un escenografía establecida por un tercero, realizándose pose estática o en movimiento, para ser grabada la imagen en cualquier tipo de soporte magnético o electrónico con el objeto de ser transmitida o reproducida por cualquier medio.

5

Mixtas: cuando las prestaciones encuadren en más de una de las tipificaciones contenidas en los puntos 1 a 4 precedentes.


Fuente: Anexo I RG 2863/10



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