Los sujetos deberán empadronarse en forma individual por cada tipo de operación dentro de los 10 días hábiles administrativos de reunidas las condiciones por la cual queda obligado al presente régimen.
Dicha obligación se cumplirá mediante transferencia electrónica de datos a través del Servicio Registro de Operaciones Inmobiliarias, habilitado en el sitio Web www.afip.gob.ar, utilizando la Clave Fiscal, ingresando los datos requeridos por el sistema, según el tipo de operación de que se trate.