ID 13270417 ¿Cómo debo proceder de poseer contratos donde la contraprestación se haya definido en un período distinto al mensual?
07/07/2010 12:00:00 a.m.
Tratándose de contratos en los cuales el importe de la contraprestación se haya definido para un período distinto al mensual, a fin de determinar su sujeción al presente régimen, corresponderá calcular el monto equivalente a un mes, a cuyo efecto se considerará que el mismo tiene 30 días.