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ID 13216551
¿En qué consiste el régimen de información que incorpora la RG 2820/10?
05/07/2010 12:00:00 a.m.

Los sujetos obligados a empadronarse en el Registro de operaciones inmobiliarias que asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar deberán informar las operaciones mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio Registro de operaciones inmobiliarias, opción Locaciones y/o cesiones de inmuebles, hasta el día 26 del mes inmediato siguiente al que corresponda la información. Los datos que deben registrarse están detallados en el Anexo III de la RG 2820/10.

Asimismo, deberán informar anualmente a través del mismo servicio opción DDJJ anual la totalidad de las operaciones realizadas, hasta el día 26 de marzo del año calendario inmediato posterior a aquel al que corresponda la información. La obligación señalada deberá cumplirse aún cuando en un período anual no existan operaciones a informar, en cuyo caso se consignará la novedad "Sin Movimiento".

Para saber como empadronarse ingrese aquí.

Para conocer el paso a paso del Régimen de Información ingrese aquí.


Fuente: Art. 9 a 11 RG 2820/10



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