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ID 12593579
Evento 2460 - En los contratos "Forward", ¿cómo se debe informar el precio?
09/03/2010 12:00:00 a.m.

Los contratos sujetos al régimen de la RG 2596/09, entre ellos el " forward", en los que se pacta usualmente la operación en moneda extranjera al tipo de cambio comprador, se podrán informar al citado tipo de cambio de acuerdo al BANCO DE LA NACION ARGENTINA, al cierre del día anterior al de la fecha de instrumentación del contrato pertinente.


Fuente: CIT AFIP



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