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ID 1253353
A los efectos del cómputo de las deducciones personales, ¿qué se entiende por residente en el país?
08/06/2023 12:30:12 p.m.




A los efectos de las deducciones previstas en el artículo 30, se consideran residentes en la República a las personas de existencia visible que vivan más de 6 meses en el país en el transcurso del año fiscal.

A todos los efectos de esta ley, también se consideran residentes en el país las personas humanas que se encuentren en el extranjero al servicio de la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipalidades y los funcionarios de nacionalidad argentina que actúen en organismos internacionales de los cuales la República Argentina sea Estado miembro.





Fuente: Art. 33 Ley 20.628



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