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ID 12497557
¿Cuáles son las existencias que se deben declarar? ¿Cuándo se debe cumplimentar este régimen de información?
31/03/2010 12:00:00 a.m.

La información a suministrar comprende a las existencias de granos al día 1 de marzo de 2010, inclusive, y deberá cumplimentarse desde el día 1 de abril de 2010 hasta el día 30 de abril de 2010, ambas fechas inclusive.


Fuente: Art. 9 RG 2773/10



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