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ID 12495215
¿Quiénes se encuentran obligados a informar las existencias de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- sean propias o de terceros?
31/03/2010 12:00:00 a.m.

Los operadores del comercio de granos, con planta de acopio, que se encuentren inscriptos en el "REGISTRO FISCAL DE OPERADORES EN LA COMPRAVENTA DE GRANOS Y LEGUMBRES SECAS", que revistan la categoría de ACOPIADOR, se encuentran obligados a informar dichas existencias.


Fuente: Art. 7 RG 2773/10



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