ID 11916741 ¿A qué prestaciones puede acceder el trabajador independiente promovido con su aporte?
08/09/2023 03:50:59 p.m.
Podrá acceder, cuando hubiera ingresado la cuota de inclusión social en todos los periodos que correspondan, a las siguientes prestaciones:
a)La Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 17 de la ley 24.241 y sus modificaciones;
b)El retiro por invalidez o pensión por fallecimiento, previstos en el artículo 17 de la ley 24.241 y sus modificaciones, el que se calculará sobre la base de aplicar los porcentajes previstos en los incisos a) o b), según corresponda, del artículo 97, sobre el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 17, ambos de la citada ley;
c)Cobertura de salud del PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados -INSSJP-) en los términos de la ley 19.032 y sus modificaciones, al adquirir la condición de jubilado o pensionado.