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ID 11914399
¿En qué consiste la cuota de inclusión social?
12/12/2023 12:44:41 p.m.








La
cuota de inclusión social partirá de un sistema escalonado donde
durante los 3 primeros años -a partir del mes de la adhesión al
Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente-
consistirá en el 1% de los ingresos brutos mensuales que perciba por
su actividad el o la trabajadora independiente promovida o en el
equivalente al 25% del aporte mensual al Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA), correspondiente a la categoría A del
Régimen Simplificado.



Vencido
ese plazo la cuota de inclusión social consiste en el 2,5% de los
ingresos brutos mensuales que perciba.



Tenga
en cuenta que si la suma de las cuotas que abonarse durante 1 año
calendario resultase mayor al importe del total de los aportes
mensuales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
correspondientes a ese mismo año, su pago se efectuará hasta la
concurrencia con dicho importe. Para pagarla deberá utilizarse la
credencial para el pago formulario F. 157, ante cualquiera de las
entidades bancarias habilitadas.



Cabe
aclarar que ser considerado un aportante regular para su jubilación,
debe haber pagado la cuota solidaria durante todos los meses mientras
está en el régimen. Si al terminar cada año, adeuda uno o más
meses, y quiere ser considerado un aportante regular, deberá pagar
las cuotas faltantes o su fracción, al valor vigente al momento del
pago, hasta el día 20 de febrero inclusive, del año calendario
inmediato siguiente.

Aquí podrá acceder a la Guía paso a paso sobre el uso de la calculadora de pago para Monotributo promovido

Además accederá a más información en el Micrositio Monotributo Promovido








Fuente: Art 48 Dto 1/10 y Art. 44 RG 4309/18



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