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ID 1087626
¿Cómo debo proceder en caso de poseer una deuda en ejecución judicial?
23/11/2005 12:00:00 a.m.

En el caso de incluirse en el plan de facilidades de pago deudas en ejecución judicial, los contribuyentes y/o responsables -con anterioridad a la fecha de adhesión- deberán allanarse mediante la presentación del formulario 408/A ante el juzgado o tribunal donde se encuentre radicada la ejecución.

Acreditada en autos la incorporación al plan de facilidades de pago, este Organismo -una vez firme la resolución judicial que tenga por formalizado el allanamiento a la pretensión fiscal-, podrá solicitar al juez el archivo de las actuaciones.


Fuente: Art. 13 RG 1966/05



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