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ID 10609905
Evento 2267 - PARA LA REGISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS BAJO ESTA MODALIDAD, ¿ESTÁN OBLIGADOS LOS COMPRADORES, VENDEDORES Y CORREDORES A OBTENER FIRMAS DIGITALES?
10/01/2023 02:30:30 p.m.







No es necesario, el firmante de un registro de contratos puede ser un autorizado a firmar digitalmente en nombre de las partes intervinientes.

Para ello las autorizaciones ante esta Administración Federal que se otorguen a sus representantes el contribuyente y/o responsable, deberán formalizarse electrónicamente de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 3380, Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital.

El procedimiento de la mencionada autorización se encuentra descripto en las Guías Paso a Paso Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital, en esta misma página web.








Fuente: CIT AFIP



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