ID 10609905 Evento 2267 - PARA LA REGISTRACIÓN DE LOS CONTRATOS BAJO ESTA MODALIDAD, ¿ESTÁN OBLIGADOS LOS COMPRADORES, VENDEDORES Y CORREDORES A OBTENER FIRMAS DIGITALES?
10/01/2023 02:30:30 p.m.
No es necesario, el firmante de un registro de contratos puede ser un autorizado a firmar digitalmente en nombre de las partes intervinientes.
Para ello las autorizaciones ante esta Administración Federal que se otorguen a sus representantes el contribuyente y/o responsable, deberán formalizarse electrónicamente de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 3380, Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital.
El procedimiento de la mencionada autorización se encuentra descripto en las Guías Paso a Paso Gestión de Autorizaciones Electrónicas para Firma Digital, en esta misma página web.