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ID 1053482
¿Cómo se ingresan las cuotas del plan para el pago de honorarios?
23/11/2005 12:00:00 a.m.

Deberá acreditar dichos pagos en la cuenta especial habilitada al efecto por el juez o tribunal de la causa y el único comprobante válido del pago como medio cancelatorio de la obligación, será la pertinente boleta de depósito debidamente intervenida por la institución bancaria que corresponda. Asimismo se podrá optar por efectuar el depósito de la siguiente manera:

1. Mediante las boletas de depósito:

· F. 125 -Honorarios de Abogados y Peritos- y/o

· F. 126 -Honorarios de Agentes Judiciales- según corresponda, confeccionadas por la dependencia de este Organismo que tenga a su cargo la tramitación del juicio de que se trate, cubiertas en todos sus campos y con la intervención previa -fecha y firma- de la jefatura respectiva.

2. Efectuar el depósito en la sucursal del Banco de la Nación Argentina asignada a la dependencia de AFIP, a cuyo cargo se encuentre la representación y el patrocinio judicial de la misma en el juicio respectivo. El ingreso de los honorarios correspondientes a juicios contenciosos u otros tipos de procesos, relativos a deudas aduaneras, se ingresarán en las cuentas "FONDOS DE HONORARIOS" habilitadas al efecto.


Fuente: Art. 13 RG 1967/05



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