ID 10310128 ¿Cómo deben informar los inmuebles las Sociedades de Hecho a fin de cumplir con el régimen de información?
27/07/2009 12:00:00 a.m.
Corresponde que sean informados por la Sociedad de Hecho como inmuebles de terceros.
Respecto del tratamiento emergente de la relación entre un socio y la sociedad de hecho a la que pertenece debería celebrarse un contrato de arrendamiento donde se fije un precio. Asimismo, en caso de cederse sin precio alguno, se tratará de una cesión gratuita.