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ID 10305444
Un contribuyente que ingreso al RFOG de acuerdo a la RG 2300, cuyo contrato se vence luego de la entrada en vigencia de la RG 2644, al momento de renovar el mismo, ¿Presenta la actualización de datos de acuerdo al Art. 24 de la RG 2300 o debe tener en cuenta lo establecido por el Art. 8 de la RG 2644?
23/07/2009 12:00:00 a.m.

Si el contribuyente efectuó el trámite de solicitud de inclusión, cambio de categoría o actualización de datos, en el ámbito de la RG 2300/07 (aplicativo y transacción web) sigue el procedimiento de dicha RG y de actualizar datos deberá efectuarlo como se encuentra previsto en dicha norma.

Caso contrario, si se trata de un contribuyente incluido en el RFOG con anterioridad al 01/10/2007, es decir, que no efectuó las solicitudes de acuerdo a la RG 2300, resulta obligado con el régimen informativo previsto en la RG 2644 por lo que deberá presentar el formulario 937 (confección con aplicativo AFIP DGI REGISTRO FISCAL DE OPERADORES DE GRANOS - Versión 3.0) únicamente. Para lo cual no debe enviar el archivo mediante la transacción web como tampoco corresponde efectuar ningún trámite en la dependencia.


Fuente: CIT AFIP



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