驴Qui茅nes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?

Declaraci贸n jurada informativa

Quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $ 3.700.000 en el a帽o 2021, por las siguientes actividades:

  • Cargos p煤blicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos.
  • Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial nombrados a partir del 2017
  • Trabajo en relaci贸n de dependencia
  • Jubilaci贸n
  • Pensi贸n
  • Retiros o subsidios en cuanto tengan su origen sea el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto
  • Asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Naci贸n
  • Trabajo personal de socios de sociedades cooperativas de trabajo
  • Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias
  • Actores que perciban sus ingresos a trav茅s de la Asociaci贸n Argentina de Actores

Asimismo, podr谩n optar por realizar la presentaci贸n a trav茅s de la opci贸n 鈥淩茅gimen Simplificado鈥 del servicio quienes, adem谩s de obtener exclusivamente ingresos por las actividades mencionadas precedentemente, hayan obtenido en el curso del per铆odo fiscal que se declara rentas por:

  • Actividades como monotributista
  • Actividades u obligaciones gravadas por el impuesto cedular
  • Exentas, no alcanzadas o no computables en el impuesto a las ganancias.

Deber谩n informar a 茅sta Administraci贸n Federal, el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas.鈥


Para los per铆odos anteriores corresponden los siguientes valores:

  • Per铆odo 2020 > $2.500.000
  • Per铆odo 2019 > $2.000.000
  • Per铆odo 2018 > $1.500.000
  • Per铆odo 2017 > $1.000.000
  • Per铆odo 2016 > $500.000
  • Per铆odo 2015 > $300.000
  • Per铆odos 2007 al 2014 > $144.000

Declaraci贸n jurada determinativa

  • Quienes se encuentren inscriptos en el gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el per铆odo fiscal.
  • Aquellos que les corresponda la liquidaci贸n del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la obligaci贸n de determinaci贸n e ingreso. Igual obligaci贸n rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.

En estos casos, ten茅s que solicitar la CUIT con DNI digital.