Los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y/o Términos de Referencia, deberán ser retirados en las respectivas Unidades de Contratación en donde se celebre el Acto de Apertura de sobres. Se transcribe parte del Inciso 1), Artículo 32 correspondiente a la Disposición N° 297/03 AFIP al respecto:
"El oferente en cada oferta deberá acompañar indefectiblemente las constancias relativas al retiro de Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas extendida por la AFIP, el recibo de pago y la constitución de la Garantía, estos dos últimos en caso de corresponder".