Impuesto sobre los bienes personales

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Grandes contribuyentes

• Transferencia electrónica de fondos

¿Dónde puedo pagar?
  • En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.pagar.com.ar, http://www.pagomiscuentas.com o http://www.interbanking.com.ar).

    Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.

  • En el sitio web de AFIP. Ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

    Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

    A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

• Billetera electrónica AFIP

¿Dónde puedo pagar?

A través del servicio “Carga Billetera AFIP”, que se encuentra disponible por cualquiera de estas dos vías:

  • En la página web de la AFIP: Accediendo con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
  • En homebanking: utilizando el acceso provisto por tu banco.

En ambos casos, dentro del servicio “Carga Billetera AFIP” se deberá indicar la CUIL/CUIT del contribuyente al cual se le acreditarán los fondos y el importe que se desea transferir.

También podés hacerlo mediante transferencia bancaria internacional.

Resto de contribuyentes

• Transferencia electrónica de fondos

¿Dónde puedo pagar?
  • Homebanking. A fin de utilizar este servicio, previamente deberás concurrir con tu tarjeta de débito a cajeros automáticos que sean de la misma red que dicha tarjeta, para obtener la clave de acceso.
  • En el sitio web de los prestadores homologados por esta Administración Federal o de la red bancaria de la entidad (http://www.pagar.com.ar, http://www.pagomiscuentas.com o http://www.interbanking.com.ar).

    Deberás ingresar la identificación y la clave de acceso, observando las formas y condiciones acordadas con el prestador.

  • En el sitio web de AFIP, ingresando con clave fiscal al servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”.

    Posteriormente, deberás generar el volante electrónico de pago (VEP), donde se especificará la obligación a cancelar y los datos correspondientes a CUIT, período, impuesto, concepto, subconcepto e importe.

    A fin de abonar el VEP, deberás acceder a la entidad de pago y seleccionar la opción "Pagos AFIP". El pago podrá efectuarse en forma inmediata tras la generación del VEP.

• Cajeros automáticos

¿Dónde puedo pagar?

• Billetera electrónica AFIP

¿Dónde puedo pagar?

A través del servicio “Carga Billetera AFIP”, que se encuentra disponible por cualquiera de estas dos vías:

  • En la página web de la AFIP: Accediendo con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior.
  • En homebanking: utilizando el acceso provisto por tu banco.

En ambos casos, dentro del servicio “Carga Billetera AFIP” se deberá indicar la CUIL/CUIT del contribuyente al cual se le acreditarán los fondos y el importe que se desea transferir.

También podés hacerlo mediante transferencia bancaria internacional.

• Tarjetas de crédito

¿Dónde puedo pagar?
  • Pago telefónico: llamando a la tarjeta adherida.

    Para anticipos de Ganancias -personas físicas y sucesiones indivisas- es requisito haber presentado la declaración jurada 14 días hábiles antes del primer vencimiento del anticipo que se pretende cancelar mediante tarjeta de crédito.

  • Débito automático: llamando a la tarjeta (*).

    Argencard - Mastercard

      (011) 4340-5665

    CABAL

      (011) 4319-2550

    VISA

      (011) 4378-4499

    También puede adherir a VISA ingresando a http://www.visa.com.ar/

Recordá que el saldo de las declaraciones juradas sólo se puede abonar mediante Volante Electrónico de Pago (VEP)