Seguridad Social
El Decreto Nº 695/20 prorrogó por un plazo de noventa (90) días el beneficio otorgado por el Decreto 300/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4694 AFIP, a los empleadores pertenecientes a los servicios, instituciones y establecimientos relacionados con la salud.
La vigencia del beneficio se extiende hasta el período devengado octubre de 2020.
Los beneficios otorgados por el Decreto Nº 332/20 reglamentado por la Resolución General Nº 4693 AFIP y modif., fueron prorrogados hasta el período devengado agosto de 2020.
Los empleadores alcanzados por los beneficios mencionados, podrán acogerse a los mismos utilizando el servicio "Declaración en Línea".
Nuevos topes bases mínima y máxima: Resolución ANSeS 325/20 a partir de 09/2020.
Actualización de productores en convenios de corresponsabilidad gremial. Septiembre 2020
El sistema Declaración en Línea efectuará en forma automática el cálculo de reducción de contribuciones a los empleadores caracterizados con el código "461 - Beneficio Decreto Nº 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S."
Los empleadores alcanzados por el beneficio de postergación de pago deben estar caracterizados con el código "460 - Beneficio Decreto Nº 332/2020 Postergación pago de Contribuciones S.S."
Los empleadores alcanzados por el Decreto Nº 300/20 deben estar caracterizados con el código "459 - Reducción Contribuciones Empresas de Salud Decreto 300/2020".
Su navegador Internet Explorer esta desactualizado.
Para informarse y conseguir una versión compatible ( Internet Explorer 8 o superior) por favor visite la página dedescarga de Internet Explorer 8.