Este aplicativo permite a las Empresas Promovidas y a los inversionistas que hayan utilizado el beneficio del diferimiento de las obligaciones fiscales al amparo de las Leyes Nº 21608, 22021, 22702 y 22973, sus modificaciones y normas reglamentarias y complementarias, efectuar la opción de acogimiento al régimen de cancelación anticipada en forma total o parcial , prevista en el Artículo 67 de la Ley Nº 25725. Resolución General Nº 1793.
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