11/01/2024

Banana - Puestos de frontera

Desde el 1° de febrero de 2024, los movimientos del producto banana provenientes de puestos de frontera solo podrán dirigirse a establecimientos debidamente registrados como "cámara de maduración y/o almacenamiento".

Vencido el plazo, no se autorizará el envío de estas mercancías directamente desde los pazos fronterizos a otros destinos, tales como "empaque y/o mercado" (Centro de Reexpedición, Depósito, Operador Comercializador).