11/01/2024
Banana - Puestos de frontera
Desde el 1° de febrero de 2024, los movimientos del producto banana provenientes de puestos de frontera solo podrán dirigirse a establecimientos debidamente registrados como "cámara de maduración y/o almacenamiento".
Vencido el plazo, no se autorizará el envío de estas mercancías directamente desde los pazos fronterizos a otros destinos, tales como "empaque y/o mercado" (Centro de Reexpedición, Depósito, Operador Comercializador).