La RG 2302/07 establece que los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado, a fin de solicitar conforme a lo previsto en el artículo incorporado a continuación del Artículo 24 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones- la acreditación de los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de capital contra otros impuestos -o sus respectivos anticipos- a cargo de esta Administración Federal, deberán observar las disposiciones que se establecen en la presente. Este aplicativo es la herramienta que la A.F.I.P. brinda a los contribuyentes obligados para cumplir con lo establecido en la citada R.G.
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