Gestión de Autorizaciones Electrónicas


Con el objeto de dotar de mayor seguridad a las operaciones de comercio exterior, se establece el uso obligatorio de la herramienta informática denominada “Gestión de Autorizaciones Electrónicas”.


¿Para qué se utiliza está herramienta?
 
 

Es un instrumento suficiente y necesario para:

 
formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento, aceptación y revocación de autorizaciones, generales y/o especiales, ante el servicio aduanero y  
acreditar la representación con relación a distintos sujetos y actos.  
 

Para ver un detalle de los sujetos y actos involucrados, haga click aquí.

 

 

Requisitos para formalizar electrónicamente los actos de otorgamiento y aceptación de autorizaciones electrónicas:
 
 

Los sujetos autorizantes y a autorizar deben:

 
1 Archivar y resguardar la documentación que quede en su poder.  
2 Aportar la misma a requerimiento de AFIP.  
3 Haber cumplido con el registro digital de la firma, foto y huella digital, así como el escaneo del documento que acredite su identidad.  
   
Cómo se realiza una autorización electrónica”:
 

Tanto la autorización como la aceptación o rechazo de la misma, se efectúan a través de la página web de la AFIP ( www.afip.gob.ar ), ingresando al servicio, con Clave Fiscal, “Gestión de Autorizaciones Electrónicas”.

Vigencia y aplicación:
 

El otorgamiento de autorizaciones electrónicas para trámites y gestiones y la adhesión a los servicios correspondientes será obligatorio:

Para los operadores de comercio exterior en general (Apartados “A” a “F” del Anexo I de la RG. 2572): A partir del 1 de Junio de 2009 y
Para los fideicomisos regidos por la Ley N° 24.441 y sus modificaciones, uniones transitorias de empresas, consorcios de cooperación y demás contratos asociativos no societarios (Apartado “G” del Anexo I de la RG 2572): A partir del 1 de Diciembre de 2009.
Manual Autorizaciones Electrónicas
 
Más información:
  Consultar las Resoluciones Generales Nros. 2551 y 2572
 
Sujetos y actos involucrados