Registro de datos biométricos. Nuevos sujetos Obligados


Le informamos que en el Boletín Oficial del día 26 de agosto de 2011, se ha publicado la Resolución General N° 3.163 (AFIP) relativa a la digitalización de datos biométricos y los nuevos sujetos obligados.

Al respecto la aludida norma establece que:

los productores de granos que se encuentren inscriptos en carácter de tales, ante la AFIP y
los operadores de comercio de granos que se encuentren inscriptos en el “Registro Único de Operadores de la Cadena Comercial Agropecuaria Alimentaria”.


Deben presentarse en cualquier Dependencia a fin de proceder al registro de los datos biométricos faltantes.

La fecha tope para el cumplimiento de esta obligación es el 25/10/2011.

El no cumplimiento de la obligación en el plazo fijado determinará, para el contribuyente o responsable involucrado:

la suspensión en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas” y/o
la imposibilidad de obtener la autorización de la solicitud de emisión de “Carta de Porte para Transporte Automotor y Ferroviario de Granos”

Asimismo dispone que, a partir de la publicación de la norma,:

el registro de los datos biométricos es requisito previo necesarios para solicitar la inclusión en el “Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas”