La Resolución General 2888 establece un régimen de información que deben cumplir los contribuyentes adheridos al Monotributo que, a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información:
a) se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L, o
Operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles
La Resolución General N° 2820 con vigencia a partir del 01 de agosto de 2010 sustituye a la RG N° 2168 y establece un nuevo empadronamiento en el "Registro de Operaciones Inmobiliarias".
Además, la RG establece que los sujetos obligados a empadronarse en el "Registro" que asuman el carácter de locadores, arrendadores, cedentes o similares deben cumplir con el régimen de información establecido en el Titulo II de dicha norma.