Asunto: Prórroga A.C.E. Nº 48 (348-3)

 

BUENOS AIRES, 22/10/2004

 

De acuerdo con la Nota de fecha 20 de Octubre de 2004 de la Dirección Nacional de Política Comercial Externa dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, y el Artículo 2º del Décimo Primer Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica Nº 48, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y los países miembros de la COMUNIDAD ANDINA (A.C.E. Nº 48), se prorroga la vigencia de las Preferencias pactadas en dicho acuerdo, entre LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PERU, desde el 1º de Octubre de 2004 hasta el evento que ocurra primero, sea el 31 de Diciembre de 2004 o la efectiva entrada en vigor del Acuerdo de Complementación Económica suscripto el 25 de agosto de 2003 entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y Perú.

 

Publíquese en el Boletín de esta Dirección General.

 

FDO. LIC. JAVIER ZABALJAUREGUI

SUBDIRECTOR GENERAL DE

LEGAL Y TÉCNICA ADUANERA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

 

 

INSTRUCCION GENERAL Nº 0059/2004 (SDGLTA)

(DV ORCO)