AVISO N° 53/2003 (DI TECN)
BUENOS AIRES, 20 de Octubre de 2003.
Asunto: Importación Temporaria para Reparación y para Pruebas, Ensayos y Control:
a) Certificado de mermas y pérdidas por Reparación.
b) Solicitud de prórroga por Pruebas, Ensayos y Control.
Visto la documentación referida en el Asunto, se comunica que el trámite deberá ser iniciado por el importador directamente ante el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), Dirección del Programa de Aplicación de Regímenes Especiales (PARE), Oficina de Cobranzas, sita en Av. Julio A. Roca 651, 6° piso sector 10, presentando copia del Despacho (IT) y la DD.JJ. para el proceso de reparación (a) o para solicitud de prórroga (b) según corresponda, previo pago del arancel correspondiente.
La DD.JJ. (a) deberá ser presentada ante el INTI previamente a la oficialización de cada permiso de embarque, de forma tal que el personal técnico del Instituto tenga la posibilidad de verificar la mercadería si lo considera necesario, antes que se produzca la exportación del/los producto/s reparado/s.
El INTI luego de elaborar el informe en un plazo máximo de 20 (VEINTE) días hábiles, lo remitirá a la Dirección de Técnica para su publicación en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y aplicación por el servicio aduanero a la IT establecida en el campo respectivo o en forma permanente, de acuerdo con el punto 3.2.1 del ANEXO III de la Resolución N° 127/92 (ANA) para las reparaciones, y cuando se trate de solicitud de prórroga a la Aduana de registro de la IT a los fines establecidos en la Nota N° 403/00 (DE TEIM).
La normativa vinculada a aranceles y viáticos INTI (Resolución INTI N° 16/02 y su modificatoria Res. INTI N°23/02), los formularios de DD.JJ. (a) y (b) e instructivos referidos a este régimen pueden ser consultados en: www.inti.gov.ar/pare
Déjase sin efecto la Nota N° 2420/99 (DE TEIM).
FDO. PEDRO A. GIRONDIN
DIRECTOR DE TECNICA