AVISO N° 38/03 (DI
TECN)
ASUNTO: Certificados de Importacion de
Calzado.
BUENOS AIRES, 16 de Mayo de 2003.
Visto que aún no ha determinado la autoridad de aplicación la
incidencia de la declaración jurada del importador prevista en la Resolución
N° 44/03 (SIC y M), con relación a la Resolución N° 977/99 (MEyOSP),
se instruye que corresponde exigir el cumplimiento de la totalidad de las
condiciones establecidas en la Instrucción General N° 90/99 (SDGLTA),
quedando incorporada dicha exigencia en la Instrucción General N° 22/03 (SDGLTA)
Publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas..