AVISO N° 02/03 (DE TEIM)

 

BUENOS AIRES, Enero 28 de 2003

 

Visto que, mediante el Criterio de Clasificación N° 68/02 se determinó que la mercadería descripta como : "pulverizadores de tocador" deberán clasificarse por la P.A. NCM=8424.89.00, mientras que, la empresa AVSAR S.A. habría despachado a plaza en importación temporal dichas mercaderías bajo la P.A. NCM = 9616.10.00, se comunica que de acuerdo a lo informado por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería mediante Fax 1319/02, deberá permitirse la cancelación de las importaciones temporales de los despachos citados precedentemente, con el Certificado de Tipificación y Clasificación emitido por dicha Secretaría en concordancia con las Posiciones Arancelarias de acuerdo al Criterio de Clasificación aduanera.

 

Remítase a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras del Interior y Metropolitana, para que por su intermedio se comunique a las Aduanas que le dependen.

 

 

Fdo: PEDRO ANTONIO GIRONDIN

DIRECTOR

DIRECCION DE TECNICA