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4 Importación - Exportación |
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4.1 Transporte Internacional Terrestre |
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INSTRUCCION GENERAL N° 01/98 (SDG LTA) – (DE TEIM). Suspender la exigencia a lo establecido por el Art. 4° de la Resolución N° 428/97 (DGA) y Resolución N° 58/94 (GMC). |
BUENOS AIRES, 30 de Marzo de 1998
TEXTO:
Visto que la Subsecretaría de Transporte Terrestre mediante NOTA S.S.T.T. N° 117/98 solicita prórroga del plazo establecido por el Artículo 4° de la Resolución General N° 428/97 (DGA), para exigir el cumplimiento de la Resolución N° 58/94 GMC a las empresas con permisos originarios expedidos en la República de Chile y considerando que el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de dicho país, acordó negociar la solución pertinente en el ámbito del ACE 35 MERCOSUR/CHILE, corresponde suspender dicha exigencia hasta tanto la Subsecretaría de Transporte Terrestre comunique el Acuerdo correspondiente para la aplicación de la mencionada norma comunitaria.