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1 Aduanas Domiciliarias |
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1.1 Modificación del Anexo V de la RG N° 596 (AFIP) |
RESOLUCION GENERAL N° 800 (AFIP). Modificación en determinados parámetros exigidos en el Anexo V de la Resolución General N° 596 (AFIP). |
BUENOS AIRES, 13 de marzo de 2000
VISTO la Resolución General Nº 596 del 17 de mayo de 1999, que regula el régimen de las Aduanas Domiciliarias, y
CONSIDERANDO
Que la experiencia recogida en la aplicación del mismo aconseja una modificación en determinados parámetros exigidos en el Anexo V de la Resolución General Nº 596, respecto de la actividad de las empresas que pretenden acogerse al régimen de Aduanas Domiciliarias instaurado por la mencionada Resolución.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 7º, Apartado 9) y 9º, Apartado 1), Inciso a) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997.
Por ello
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
ARTICULO 1º.- Modificar el ANEXO V - ACTIVIDAD DE LAS EMPRESAS, incisos d) y e) de la Resolución General Nº 596 del 17 de mayo de 1999 de la manera que se detalla seguidamente:
a) PERIODO: Año calendario inmediato anterior
b) DESTINACIONES: Importación/Exportación
c) CLASE: Definitivas/Temporarias
d) CANTIDAD: No inferior a MIL (1.000).
e) VALOR CIF DE IMPORTACION + FOB DE EXPORTACION No inferior a DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (u$s100.000.000.-).
En los casos en que los operadores no alcanzaren los valores indicados en los incisos d) y e) y a efectos de favorecer el ingreso al régimen de aquéllos cuya actividad sea eminentemente exportadora, las operaciones registradas dentro de ésta se computarán como dobles tanto en cantidad como en valores FOB documentados.
ARTICULO 2º.- Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Remítase copia a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR (MONTEVIDEO ROU) y a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (MONTEVIDEO - ROU). Cumplido, archívese.
Fdo.: CARLOS SILVANI
ADMINISTRADOR FEDERAL