1 IMPORTACION

1.1- VEHICULOS CATEGORIAS "A" y "B":

NOTA N° 1079/98 (DE TEIM).

Autoliquidación con Base de cálculo Controlada N° 33 (LMC-33).

BUENOS AIRES, 2 de Marzo de 1998

La registración de los despachos a consumo de los vehículos automotores terminados, por parte de los Representantes y/o Distribuidores Oficiales de Terminales No Radicadas, de la Categorías "A" y "B" definidas en el Art. 3° del Decreto 2677/91 y su modificatorio N° 683/94, en el marco de la Resolución N° 95/98 (SICyM), se oficializarán mediante la utilización de la opción LMC-33 de la ventaja AUTOLIQCONTRIMP, en un todo de acuerdo con las instrucciones establecidas en el BANA N° 27/97 y con la siguiente motivo de AUTOLIQUIDACION:

 

AUTOLIQUIDACION CONTROLADA N° 33

CÓDIGO DE VENTAJA "AUTOLIQCONTRIMP"

 

MOTIVO: Importación de vehículos terminados, anticipo de cuota 1998, categoría "A" y "B", por Representantes y Distribuidores Oficiales de Automotores. (LMC-33).

 

NORMA: Artículo 19 del Decreto 2677/81 y sus modificatorios.

Resolución SICyM N° 95/98

Mecanismo de asignación

Artículo 1°, inciso a) de la Resolución SICyM N° 425/97 (Cat. "A")

Artículo 2°, inciso a) de la Resolución SICyM N° 527/97 (Cat. "B")

 

OBJETO: Usar la Autoliquidación controlada como herramienta alternativa hasta que finalice con el desarrollo de las reglas.

 

METODO: La posición Arancelaria a declarar, deberá estar incluída en el Art. 1° de la Resolución ex-S.I. N° 91/95, y su importación será exclusivamente a consumo y en condición de nueva – sin uso. El Importador deberá ser un Representante y/o Distribuidor Oficial, inscripto como tal ante la Dirección Nacional de Industria.

 

ACCION: Invocar documentos a presentar en la oficialización "OTROSDOCUM/OFICIA" = Certificado de Importación emitido por la Secretaría de Industria Comercio y Minería, cuya vigencia será de CIENTO OCHENTA (180) contados a partir de su emisión (Art. 6° de la Resolución SICyM N° 95/98).

Pagar tributos a la importación de acuerdo al arancel general vigente para cada posición arancelaria.

Se deberá gestionar por canal Naranja mínimo.

Fdo.: Ing. SILVIA GABAY

2ª JEFA

Dpto. Técnica de Importación