ASUNTO: Sistema de Registro DUA.

BUENOS AIRES,

B.O: Sin Publicar

 

VISTO que actualmente el registro de las destinaciones Aduaneras de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS se realiza a través del Sistema Informático MARIA, y que para aquellas Aduanas no alcanzadas todavía por el cronograma de implementación del mismo, se utiliza el Sistema DUA, y

 

CONSIDERANDO:

Que del análisis efectuado a partir de la puesta en vigencia del Sistema DUA se determinó la conveniencia de mejorar la calidad de la integración de los formularios.

Que se considera conveniente la implementación de un Sistema de apoyo a la integración y registro de los DUA, tanto para el usuario externo como para el interno.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto 618 de fecha 18 de Julio de 1997.

 

 

Por ello;

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

R E S U E L V E :

 

ARTICULO 1º.- Aprobar el contenido del "INDICE TEMATICO" que se agrega como ANEXO I a la presente.

ARTICULO 2º.- Aprobar las funcionalidades del Sistema SIDIN-DP, Sistema de apoyo a los usuarios externos para la integración del DUA (OM 1993/3).

ARTICULO 3º.- Aprobar las funcionalidades del Sistema SIDIN-AD, Sistema de apoyo a los usuarios externos e internos para el control del DUA (OM 1993/3).

ARTICULO 4º.- Aprobar el diccionario de datos del Sistema SIDIN-DP, el cual es la alternativa de ingreso de las declaraciones a dicho Sistema para aquellos despachantes que utilicen aplicativos propios o de terceros y que deseen continuar con ellos.

ARTICULO 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia según cronograma de fechas y aduanas que oportunamente informará la Dirección General de Aduanas y con los procedimientos operativos correspondientes.

ARTICULO 6º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia a la Secretaria de Hacienda, a la Secretaria Administrativa del MERCOSUR -Sección Nacional-, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (R.O.U.), a la Secretaría del Convenio de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese.

 

RESOLUCION GENERAL N° 105/98

ANEXO I

INDICE TEMATICO

 

ANEXO II : Funcionalidades del Sistema SIDIN-DP.

NEXO III : Funcionalidades del Sistema SIDIN-AD.

ANEXO IV : Diccionario de datos del Sistema SIDIN-DP.

 

 

ANEXO II

FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA SIDIN-DP

 

El SIDIN-DP es un Sistema de apoyo al usuario externo para la integración del DUA, teniendo como objetivo permitir el registro informático de una declaración aduanera, previa validación de datos, y su posterior impresión y generación de un soporte magnético para ser presentado ante la Aduana juntamente con la declaración respectiva.

Sus funcionalidades son:

 

a) Recibir las tablas codificadas actualizadas.

 b) Integrar el DUA de acuerdo a dichas tablas.

 c) Generar el archivo correspondiente que en soporte acompañará la declaración y documentación complementaria.

 d) Generar las rectificaciones y/o declaraciones post-embarque para exportación.

 

ANEXO III

FUNCIONALIDADES DEL SISTEMA SIDIN-AD

 

El SIDIN-AD es un Sistema de apoyo al usuario externo e interno para la recepción y registro de las destinaciones aduaneras siendo la ventaja para el usuario externo el minimizar los errores de declaración en forma previa a su presentación ante el servicio aduanero.

Para el usuario interno constituye un apoyo en la tarea de la recepción, el examen preliminar y la posterior oficialización. El control puntual del registro, la selectividad y restantes trámites continúan bajo exclusiva responsabilidad del agente aduanero interviniente de acuerdo al procedimiento que se establezca.

Las funcionalidades del Sistema para usuarios internos son:

 

a) Recibir el archivo SIDIN-DP

b) Validar el archivo SIDIN-DP de acuerdo a las tablas del día.

c) Oficializar y asignar número de declaración.

d) De corresponder una rectificación la misma sustituirá en el archivo la totalidad de los datos de la hoja correspondiente del documento original, manteniendo el momento imponible. De corresponder una declaración post-embarque la misma sustituirá en el archivo la hoja correspondiente del documento original manteniendo el momento imponible.

e) Recepcionar las tornaguias, para el caso de las operaciones de tránsito de mercaderías posibilitando registrar la información de la conclusión del mismo.

f) Cargar el cumplido y efectuar el control de coherencia de totales de los subítems si los hubiera para cumplidos con diferencia.

g) Transmitir el archivo al concentrador de datos correspondiente.

 

 

ANEXO IV

DESCRIPCION TECNICA DE LOS ARCHIVOS:

 

*Cada archivo debe contener los datos relativos a una y sólo una

declaración detallada.

*El archivo es de tipo texto ASCII. El nombre del archivo debe ser válido en MS-DOS (versión de su KIT-MARIA).

*El <Enter> representa al separador de registros.

*Cada entidad de datos será identificada por una sección y un conjunto de registros.

*Las secciones están representadas por un identificador predeterminado entre corchetes. Por ejemplo, la sección correspondiente al segmento general de la declaración detallada será representada como: [DDT].

*Cada registro está compuesto por un código (constante predefinida) seguido de un signo = seguido de su valor. Por ejemplo, en la sección [DDT], el registro correspondiente al monto FOB será representado como sigue: MONTO_FOB=XXXXXXX.

*Algunas secciones son de tipo "multi-registro". Dichas secciones son las correspondientes a: ítems (ART), ... Para identificar cada registro (pues cada registro identifica a un item o a un ...), se utilizará un número secuencial al principio del registro. Para cada registro de éste tipo, cada dato está compuesto por un código (constante predefinida) seguido del signo = , seguido de su valor. Los datos de un mismo registro están separados por un caracter destacado, reservado a tal fin, y definido en la sección [SEPARADOR].

*El orden de aparición de las diferentes secciones dentro del archivo carece de importancia.

*No se debe tocar bajo ningún concepto las bases de datos del KIT-MARIA.

*Un archivo debe poseer necesariamente las siguientes secciones: DDT, ART y SEPARADOR.

*No puede haber dentro de un mismo archivo dos secciones con el mismo nombre.

*Las secciones deben contener solamente los códigos que posean un dato asociado. Esto quiere decir que nunca podremos tener un registro del tipo MOTIVO_SUSP=<Enter> (dentro de la sección [DDT]) o bien ...@LISTA=@... (dentro de la sección [ART]).

*No deben dejarse espacios en blanco entre el caracter separador y el código, ni entre el valor y el caracter separador.

Ejemplo correcto: 1=nro_ITEM=1@tIpO=N@...

Ejemplo incorrecto: 1 = nro_ITEM = 1 @ tIpO = N @...

Ejemplo del contenido de un archivo

 

[DDT]

DESTINACION=IC04

importaDOR=XXXXXXXXXXX

COMPRADOR=XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

incoterm=CYF

FAC_PAGO=S

IVA=S

montO_FOB=3800.21

MONTO_FLETE=500

MONTO_SEGURO=440.15

DIVISA_FOB=DOL

DIVISA_FLETE=DOL

DIVISA_SEGURO=DOL

 

[ART] 1=nro_ITEM=1@tIpO=N@posiCion_SIM=7801.10.11.000G@paIs_origEn=XXX@paIs_pr oCEDENCIA=XXX@CARTUSO=2@FOB_ITEM=3700.21@PESO_NETO=100@UNIDAD_DECL=01@CA NT_UD=100@CANT_UE=100@PRECIO_DOL=38 2=nro_ITEM=2@tIpO=N@posiCion_SIM=XXXXXXXX@paIs_origEn=XXX@paIs_proCEDENC IA=XXX@CARTUSO=2@FOB_ITEM=100@CANT_UE=1@PESO_NETO=1@UNIDAD_DECL=01@CANT_ UD=1@PRECIO_DOL=38

 

[SEPARADOR]

CARACTER=@

 

DESCRIPCION DETALLADA DE LOS ARCHIVOS

Convención para la interpretación de la tabla :

 

1º columna : descripción del dato

 2º columna : formato del dato

C - Alfanumérico

  N - Numérico

(n) - Cantidad máxima de caracteres permitidos

 3º columna : Obligatoriedad del campo

O - obligatorio

F - facultativo

R - depende de la destinación

X - obligatoriedad dependiendo de otro dato de la declaración

 4º columna : código de sección a la cual pertenece el dato

 5º columna : código del dato

  

Puntos a tener en cuenta para la creación de los archivos

 

*En el campo DEPALM (Depósito de almacenamiento, sección DDT) se debe ingresar (de corresponder) la destinación que debe ser depósito de almacenamiento de salida.

*La numeración de los items debe ser correlativa, comenzando con el número 1 (uno).

*Para cargar información complementaria a nivel del segmento general, se deberán cargar registros dentro de la sección CPL con número de item 0 (cero).

*Los dos valores posibles para el campo INDICADOR de la sección CPL son S (para ingresar sufijos) y D (para datos complementarios).

*Si el valor del dato complementario a ingresar es de tipo fecha, respetar el formato dd/mm/yyyy.

*Sólo se debe completar la sección SBT en el caso que el item declarado posea subitems o algún item de la declaración tratada posea sufijos de valor.

*Sólo se debe completar la sección CPL en el caso que se desee o deba declarar cierta información complementaria o se desee anticipar las respuestas del Arancel (a través de los sufijos).

*Sólo se debe completar la sección SRG en el caso que se desee asociar un código de ventaja al item mencionado.

*La posición arancelaria debe ingresarse junto a su letra clave y deben respetar el formato 9999.99.99.999X donde X representa a la letra clave. Los "puntitos" separadores de la posición arancelaria deben estar.

*Habrá un único registro dentro de la sección [SEPARADOR] cuyo código será CARACTER y contendrá al delimitador de campos dentro de los registros multivaluados.

 *Los sufijos de valor se registran dentro la sección [SBT] de la forma que se detalla a continuación. Dentro de la sección [SBT] se deben completar las rúbricas NRO_ITEM (con el número de item correspondiente), SUBITEM (con el número de subitem correspondiente o 0 -cero- si no hay subitems), SUFVAL (con los sufijos de valor como se detalla más adelante). Las otras rúbricas son susceptibles de completarse en el caso de haber subitems.

*Los sufijos de valor se deberán cargar uno a continuación de otro concatenados por guiones (dejando un guión al final); de tratarse de sufijos de cantidad o parametrizados se deberá completar la respuesta entre paréntesis a continuación del código.

Ejemplo: SUFVAL=CA01-NA02-ZA(1021)-AA(Es de seda)-

 

Observaciones que facilitan la creación de los archivos

 

Para algunos de los campos existen tablas con los valores posibles, por ejemplo : países , unidades de medida , posiciones arancelarias, etc.

Dichas tablas podrán ser obtenidas :

  1. De la página de Internet de la Aduana
  2. De la Aduana operativa más próxima
  3. De la red del Centro de Despachantes.

  

DESCRIPCIÓN DE LAS SECCIONES

 

DDT : datos generales del despacho

ART : datos de los ítems

CPL : datos del sufijo de valor o de la información complementaria

SRG : ventajas

SBT : subítems

LIART : liquidación a nivel ítem.

DVD : documentos

OPC : opciones

DJV : datos genéricos de la DJVE

CDJV : detalle de la DJVE.

  

DESCRIPCION FORMATO OBL. SECCION CODIGO
Destinación C(4) O DDT DESTINACION
CUIT del importador / 7exportador C(11) O DDT IMPORTADOR
Nombre del comprador / vendedor C(50) O DDT COMPRADOR
Depósito de almacenamiento C(16) R DDT DEPALM
País de destino C(3) R DDT DESTINO
Condición de venta C(4) O DDT INCOTERM
Monto FOB N(18,2) O DDT MONTO_FOB
Monto flete N(18,2) O DDT MONTO_FLETE
Monto seguro N(18,2) O DDT MONTO_SEGURO
Divisa FOB C(3) O DDT DIVISA_FOB
Divisa flete C(3) O DDT DIVISA_FLETE
Divisa seguro C(3) O DDT DIVISA_SEGURO
Aduana de destino/salida C(3) R DDT ADU_DEST
Motivo destinación suspensiva C(11) R DDT MOTIVO_SUSP
Plazo de autorización en días (suspens.) N(4) R DDT PLAZO_SUSP
Autorización destinación suspensiva C(11) R DDT AUTOR_SUSP
Codigo de Aduana C(3) O DDT ADUANA
Cantidad de Items N(4) O DDT CANTIDAD_ITEMS
Fecha de Oficializacion Date O DDT OFICILIZACION
Nombre del Importador/Exportador C(50) O DDT NOM_IMPORTADOR
CUIT del despachante C(11) O DDT CUIT_DESPACHANTE
Nombre del Despachante C(50) O DDT NOM_DESPACHANTE
Cuit del Transportista C(11) R DDT CUIT_TRANSPORTE
Nombre del Transportista C(50) R DDT NOM_TRANSPORTISTA
Via del medio de tranporte C(1) R DDT VIA
Documento de Transporte C(30) R DDT DOC_TRANSPORTE
Manifiesto del documento de transporte C(16) R DDT MANI
Nombre del medio de transporte C(50) R DDT NOM_MEDIO
País del medio de transporte C(3) R DDT PAIS_MEDIO
Lugar de embarque C(5) R DDT LUGAR_EMBARQUE
Fecha de Embarque c(10) R DDT FECHA_EMBARQUE
Marcas C(100) R DDT MARCAS
Codigo de Deposito C(20) R DDT DEPOSITO
Fecha de Vencimiento de Embarque C(10) R DDT VENCIMIENTO
Boletas de Pago C(20) X DDT PAGO
Fecha de Pago C(10) X DDT FECHA_PAGO
Fecha de Prorroga date X DDT FECHA_PRORROGA
Codigo de embalaje C(2) R DDT EMBALAJE
Total de Bultos N(15,2) R DDT CANTIDAD_BULTOS
Peso Bruto N(15,2) R DDT PESO_BRUTO
Numero de los Bultos C(100) R DDT NUMERO_BULTOS
Unidad de Medida C(2) R DDT UNIDAD_MEDIDA
         
Numero de ítem C(4) O ART NRO_ITEM
Tipo de ítem C(1) O ART TIPO
Posición arancelaria C(16) O ART POSICION_SIM
Posición ara. GATT/NALADISA C(16) F ART NALGAT
Código de acuerdo C(16) F ART LISTA
País de origen C(3) O ART PAIS_ORIGEN
País de procedencia/destino C(3) O ART PAIS_PROCEDENCIA
Estado de mercadería C(1) O ART CARTUSO
Monto FOB del ítem en divisa N(18,2) O ART FOB_ITEM
Monto ajuste a incluir en dólares N(18,2) F ART AJUINC
Monto ajuste a deducir en dólares N(18,2) F ART AJUDED
Peso neto en kilos N(12,3) O ART PESO_NETO
Unidad declarada C(2) O ART UNIDAD_DECL
Cantidad de unidades declaradas N(18,2) O ART CANT_UD
Cantidad de unidades estadísticas N(18,2) O ART CANT_UE
Precio oficial en dólares N(18,2) F ART PRECIO_OFICIAL
Unidad de precio oficial C(2) F ART UNIDAD_OFICIAL
Insumos importados temporarios en dólares N(18,2) F ART INSTMP
Insumos importados a consumo de dólares N(18,2) F ART INSCON
Certificado de tipificación (cancelación) C(15) F ART CERTTIP
Declaración de la mercadería Memo F ART DECLARACION
Código de Unidades Estadística C(2) R ART CODIGO_ESTA
Precio Unitario en Divisa N(15,6) O ART PRECIO_UNI_DIVISA
Cantidad de unidades oficiales N(15,2) F ART CAN_UNI_OFICIAL
Valor en Aduana en divisa N(15,2) F ART VAL_ADU
Valor Base para IVA en dolares N(15,2) F ART BASE_IVA
Valor para reintegros en dolar N(15,2) R ART REINTEGROS
Tipo de Cambio N(15,6) O ART TIPO_CAMBIO
Fecha de Declaracion Jurada Date F ART FECHA_DECJURADA
Puerto de Desembarque C(5) F ART PUERTO_DES
BENEFICIOS C(20) F ART BEN
Articulo 329 C(20) F ART ART329
         
Para el caso de datos complementarios:        
Número de ítem ( >= 0) C(4) O CPL NRO_ITEM
Código de dato complementario C(16) O CPL CODIGO
Valor dato complementario C(40) O CPL VALOR
Indicador sufijo / dato compl. ("S" / "D") C(1) O CPL INDICADOR
   
Para el caso de sufijos: ("en el caso que se desee anticipar las respuestas del Arancel")  
Número de ítem ( >= 0) C(4) O CPL NRO_ITEM
Código de dato complementario C(16) O CPL CODIGO
Valor dato complementario C(40) O CPL VALOR
Indicador sufijo / dato compl. ("S" / "D") C(1) O CPL INDICADOR
Número de ítem ( 0) C(4) O SRG NRO_ITEM
Código de la ventaja C(16) O SRG CODIGO
Número de ítem ( 0) C(4) O SBT NRO_ITEM
Número de subítem ( 0) C(4) O SBT SUBITEM
Monto FOB del subítem N(18,2) X SBT FOB
Cantidad declarada N(18,2) X SBT CANT_UD
Precio unitario N(18,6) X SBT PRECIO_UNI
Marca, modelo y versión C(40) X SBT MARCA
Cant. de unidades de derecho específico N(18,2) X SBT CANT_DE
Sufijos de valor C(250) X SBT SUFVAL
         
Numero de Item N(4) O LITART NRO_ITEM
Codigo de concepto C(3) O LITART COD_CONCEPTO
Tipo de Concepto ( P: pagar, G: garantizar) C(1) O LITART TIP_CONCEPTO
Porcentaje del concepto N(5,2) O LITART POR_CONCEPTO
Monto N(15,2) O LITART MON_CONCEPTO
         
Numero de item N(4) O OPC NRO_ITEM
Codigo de la opcion C(17) O OPC CODIGO_OPC
Valor de la opcion C(30) O OPC NUMERO_OPC
         
Numero de item N(4) O DJV NRO_ITEM
Numero de djve C(16) O DJV NRO_DJVE
Anio de la DJVE N(4) O DJV ANIO_DJVE
Regimen tributario C(16) O DJV REG_TRIBUTARIO
         
Numero de item N(4) O CDJV NRO_ITEM
Numero de djve C(16) O CDJV NRO_DJVE
Concepto de la DJVE C(16) O CDJV CON_DJVE
Porcentaje de la DJVE N(5,2) O CDJV POR_DJVE
Importe de la DJVE N(18,2) O CDJV IMP_DJVE